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Garantizado el acceso libre a espacios de uso público para los perros de asistencia para personas con discapacidad

Publicado por Alicia Rivas el
A partir de hoy, martes, 27 de mayo, y tras la aprobación del Real Decreto por parte del Consejo de Ministros, los perros de asistencia para personas con discapacidad, podrán acceder a espacios de uso público en cualquier lugar de España. Esta norma viene a sustituir a la normativa hasta ahora en vigor que data de 1983, y regulará además, los límites de edad para la actividad de estos animales, así como su formación mediante especialistas acreditados o reconocidos por las comunidades autónomas.
A partir de hoy, martes, 27 de mayo, y tras la aprobación del Real Decreto por parte del Consejo de Ministros, los perros de asistencia para personas con discapacidad, podrán acceder a espacios de uso público en cualquier lugar de España. Esta norma viene a sustituir a la normativa hasta ahora en vigor que data de 1983, y regulará además, los límites de edad para la actividad de estos animales, así como su formación mediante especialistas acreditados o reconocidos por las comunidades autónomas.

Centros educativos, culturales, deportivos o sanitarios, establecimientos de comercio al por menor, supermercados, mercados o comercios de alimentación, alojamientos turísticos, establecimientos de hostelería y restauración, museos y teatros. También playas y áreas recreativas, así como recintos de piscinas y parques acuáticos, aunque no podrán entrar al agua, son los nuevos espacios en los que se permite el acceso a estos perros de asistencia, y será la Administración competente quien debe garantizar este derecho.

De la misma manera, la persona podrá acceder a su puesto de trabajo junto a su perro de asistencia y mantenerlo a su lado en todo momento. También podrá viajar con él en medios de transporte colectivos, sin que por ello se exija un billete o pago adicional. Este supuesto se ampliará al transporte aéreo, siempre que se haya notificado previamente a la compañía o al operador que corresponda, y de conformidad con la normativa aplicable al transporte de perros de asistencia.

Aunque el nuevo decreto incluye algunas excepciones relativas a la salud pública o a la seguridad de la persona y al animal, la denegación del acceso a la persona que necesita un perro de asistencia será considerado acto de vulneración del derecho a la accesibilidad, igualdad y no discriminación.

Novedades del Real Decreto

Hasta la fecha, los derechos de acceso de las personas con discapacidad y sus perros de asistencia se limitaban a la comunidad autónoma donde se les concedió el distintivo para este servicio, con el nuevo cambio legislativo, este derecho se amplía a los espacios de uso público de toda España, fomentando la plena inclusión e igualdad de oportunidades.

Esto supone que la nueva normativa establece un marco para que las personas que necesiten un perro de asistencia tengan un acceso garantizado a todos los espacios sin restricciones, asegurando su movilidad y participación en la sociedad.

Bienestar y cuidado animal

El Real Decreto también regula que estos animales sean formados para el desempeño de sus funciones por personas acreditadas o reconocidas de forma oficial en la educación, la socialización y el adiestramiento de perros de asistencia, tanto si pertenecen a entidades como si son profesionales autónomos especializados.

Incluirá medidas específicas para mejorar el bienestar de los perros de asistencia y establecerá obligaciones de cuidado y respeto para las personas usuarias y para las entidades o profesionales encargados de su adiestramiento. Cuando la norma entre en vigor, estos perros tendrán reconocido un derecho al descanso. Podrán dejar de prestar servicio cuando cumplan 10 años, pero mantendrán su derecho a seguir accediendo a los espacios de uso público.

Actualización sobre discapacidad

La normativa actualiza la legislación española sobre discapacidad en relación a este tipo de asistencia, en línea con los fundamentos de autonomía personal, inclusión en la comunidad y accesibilidad universal que se fijaron con la aprobación de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España en 2006. Al mismo tiempo, persigue el objetivo de ofrecer una vida más independiente para las personas ciegas o con discapacidad visual.

La norma se hace extensible a las personas con otras discapacidades que requieren de un perro de asistencia, como aquellas con discapacidad auditiva o con sordoceguera que precisan de perros adiestrados que les avisen de la emisión de sonidos y su procedencia; personas con discapacidad física que necesitan perros adiestrados como apoyo y auxilio en actividades de la vida diaria; personas con trastornos del espectro autista que deben ser asistidas por perros adiestrados para promover su autonomía personal, o pacientes con patologías que lleven consigo crisis recurrentes con desconexión sensorial y que necesitan la compañía de un perro adiestrado que avise de una alerta médica.

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