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Castilla-La Mancha establece sanidad preferente para la discapacidad y menores de edad

Publicado por mjose el Sábado, 6 de Abril de 2019

El Servicio Regional de Salud prestará atención sanitaria preferente, sin esperas innecesarias, a personas con especial vulnerabilidad, menores de edad y con discapacidad. La resolución se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y será de aplicación en todos los centros sanitarios del Sescam, a excepción de la atención sanitaria urgente.

La acreditación de la condición de paciente con atención sanitaria programada preferente, podrá efectuase a través de la exhibición un documento acreditativo.Dicho documento se enviará por la Dirección General de Asistencia Sanitaria al domicilio del paciente previamente identificado, incluido en el Programa de Pacientes con Atención Sanitaria Programa Preferente.

Tal y como anunció el presidente regional el pasado mes de diciembre, la sanidad regional incorpora la obligación  de que, cuando sea atendida una persona con discapacidad, “tenga una asistencia profesional durante todo el tiempo”, al igual que ocurrirá con los menores y otros colectivos vulnerables.

Durante la inauguración del Foro XX Años de CERMI-CLM el presidente habló de una tarjeta sanitaria reforzada “que nos permita mejorar la atención a las personas con discapacidad, estableciendo en el sistema sanitario un cierto criterio de discriminación positiva”.

Los trastornos que se ven afectados por esta disposición son dificultades en la comunicación e interacción social; hipersensibilidad a situaciones extrañas; hipersensibilidad a determinados estímulos sensoriales; episodios de ansiedad y cambios conductuales; ansiedad y temor ante determinadas pruebas o exploraciones.

En cuanto a las enfermos que el Sescam considera han de tener un trato preferente, se encuentran los relacionados con las demencias, como Alzheimer, Demencia degenerativa cuerpos de Lewy, la asociada al Parkinson, la Enfermedad de Huntington, la Demencia alcohólica o la Enfermedad de Creutzfeldt-Jakob.

La resolución también incluye a los pacientes con daño cerebral o los que presentan problemas de salud mental, como trastornos del espectro autista o los retrasos mental grave y profundo; así como las enfermedades minoritarias cognitivo conductuales de base genética en edad pediátrica, tales como el Síndrome de Di Giorge; Síndrome de Mowat-Wilson y el  Síndrome de Down.

https://cadenaser.com/emisora/2019/04/05/ser_toledo/1554457211_000304.html

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