
La accesibilidad a los edificios con comunidad de propietarios queda garantizada en esta reforma ya que, en caso de petición por parte de alguno de los vecinos, se obliga a dicha comunidad a solicitar todas las ayudas y subvenciones existentes para llevar a cabo las pertinentes obras, como ascensores o rampas. Además, la normativa también obliga a los ayuntamientos y gobiernos autonómicos a ofrecer dichas ayudas.
Si las comunidades de vecinos se niegan, se habilita a los solicitantes a acudir a la justicia.
En cuanto a los porcentajes, la Ley rebaja del 75% al 70% del importe de las obras o actuaciones realizadas que deberán cubrir las ayudas y subvenciones concedidas. Es decir, con la reforma si alguien tiene una subvención del 70% del importe de la obra, esa obra se deberá realizar obligatoriamente.
Se estima que más de 100.000 personas en España están atrapadas en sus casas porque sus bloques presentan problemas de accesibilidad al carecer de rampa de acceso a los mismos o de ascensor en las instalaciones.